Nombre del trámite, servicio o beneficio | En qué consiste | Requisitos | Documentos requeridos | A quién está dirigido | Trámites a realizar y/o etapas | ¿Dónde se realiza? | Tiene costo | Unidad monetaria | Valor del servicio | ¿Este trámite está disponible en línea? | Enlace al trámite en línea, si corresponde | Enlace a mayor información |
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Publicación resultados | Se publica el resultado de los proyectos aprobados por el Consejo Regional Metropolitano en la sesion plenaria del 25 de junio de 2014 | Sin Requisitos asociados | Carpeteas de Proyectos Presentados | a) Municipalidades. Para los efectos de la postulación a estos Fondos, las Municipalidades y las Corporaciones dependientes de éstas se considerarán como una sola institución, vale decir solo podrá postular una de ellas a cada fondo. b) Entidades públicas c) Instituciones Privadas sin Fines de Lucro (Fundaciones, Corporaciones, ONGs,), con personalidad jurídica vigente. Deberán tener al menos 6 meses de vigencia desde su constitución al momento de la postulación, con excepción de aquellas que ya hayan sido beneficiadas por algún fondo estatal, caso que se acreditará con los documentos pertinentes d) Organizaciones Funcionales y Territoriales de la Región Metropolitana, regidas por La ley N° 19.418, sobre juntas de vecinos y organizaciones comunitarias (Juntas de vecinos, clubes deportivos, centros de madres, etc.), con personalidad jurídica vigente y domicilio en la Región Metropolitana de Santiago. Deberán tener al menos 6 meses de vigencia desde su constitución al momento de la postulación, con excepción de aquellas que ya hayan sido beneficiadas por algún fondo estatal, caso que se acreditará con los documentos pertinentes. No podrán postular, como ejecutores o co-ejecutores de los proyectos, las organizaciones en cuyos estatutos figuren como miembros a cualquier título, personal del Gobierno Regional, cualquiera sea su situación contractual, o personas que tengan el grado de parentesco establecido en el Artículo 54, letra b) de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y lo señalado en el Artículo Nº 35 de la Ley 19.175. No podrán participar en este proceso, las entidades públicas o privadas que tengan rendiciones pendientes y/o acciones legales con el Gobierno Regional Metropolitano o con otra entidad pública relacionadas con proyectos adjudicados entre los años 2006 y 2013. | Se comunicará a los beneficiarios si deben ajustar los presupuestos de los proyectos | En el Departamento de Preinversión y Proyectos del Gobierno Regional | NO | Pesos | Sin costo asociado | SI | ver enlace | ver enlace |