Para abordar la tarea del desarrollo en la región, el Gobierno Regional elabora políticas, planes y programas, y utiliza instrumentos de inversión, tales como el Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR),Fondo Regional de Iniciativa Local (FRIL),Glosas SUBDERE y Programas Sectoriales como PMU, FOSIS IRAL o MINVU.

Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR)

Es un programa de inversiones públicas con finalidades de desarrollo regional y compensación territorial, destinado al financiamiento de acciones en los distintos ámbitos de desarrollo social, económico y cultural de la Región con el objeto de obtener un desarrollo territorial armónico y equitativo.

Estos fondos permiten financiar todo tipo de iniciativas de infraestructura social, estudios y programas de los sectores de inversión pública establecidos en la legislación vigente, que permitan solucionar necesidades de carácter general.

a) Con cargo al subtítulo 22: se podrán financiar estudios o investigaciones de prioridad regional, la elaboración de planes y políticas regionales, la formulación de planes para localidades aisladas de acuerdo a lo señalado por el Decreto N°608 de 2010 del Ministerio del Interior, y la publicación de los planos reguladores, aprobados por el respectivo Gobierno Regional.

b) Con cargo al subtítulo 24: se podrá destinar hasta un 2% del total de sus recursos a subvencionar las actividades de carácter cultural, deportivo o de seguridad ciudadana que postulen las municipalidades, otras entidades públicas o instituciones privadas sin fines de lucro. La asignación de estos recursos a actividades específicas se efectuará en forma transparente y competitiva, para lo cual el Gobierno Regional dicta los reglamentos que considere necesarios, donde, entre otros, se establezcan los plazos de postulación y los criterios con que dichas postulaciones serán analizadas.

c) Con cargo al subtítulo 29: activos no financieros, se podrán financiar adquisiciones de vehículos destinados al funcionamiento de las municipalidades, incluso de camiones aljibe, maquinaria y otros vehículos que requiera el municipio para la conservación de calles y caminos incluidos en el ámbito de su competencia; bienes destinados a conectividad a Internet; activos no financieros, incluso de carros bomba, solicitadas por los Cuerpos de Bomberos de la Región, entre otros. Las adquisiciones de activos no financieros del subtítulo 29, serán aprobadas técnicamente de acuerdo a lo señalado en el oficio circular N° 33 del Ministerio de Hacienda, de fecha 13 de julio de 2009, y sus modificaciones.

d) Con cargo al subtítulo 31: se financian Estudios Básicos (Subtítulo 31. Ítem 01), que son los gastos por concepto de iniciativas de inversión destinadas a generar información sobre recursos humanos, físicos o biológicos, que permiten generar nuevas iniciativas de inversión. Asimismo, se financian Proyectos (Subtítulo 31. Ítem 02) que corresponde a los gastos por concepto de estudios preinversionales de prefactibilidad, factibilidad y diseño, destinados a generar información que sirva para decidir y llevar a cabo la ejecución futura de proyectos. También considera los gastos de inversión que realizan los organismos del sector público, para inicio de ejecución de obras y/o la continuación de las obras iniciadas en años anteriores, con el fin de incrementar, mantener o mejorar la producción. Mantener o recuperar la capacidad de generación de beneficios de un recurso humano o físico, y que no correspondan a aquellos inherentes a la Institución que formula el programa. Con cargo a esté ítem también se financian proyectos de puesta en valor de inmuebles y bienes muebles públicos o pertenecientes a instituciones privadas sin fines de lucro, ubicadas en áreas declaradas zona típica por el Consejo de Monumentos Nacionales, zona de conservación histórica de acuerdo a plano regulador y/o zona patrimonial protegida por resolución de la Seremi del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, incluyendo aquellos que se ejecuten en conjunto con el sector privado. Proyectos de saneamiento rural. La infraestructura que con estos recursos se genere se transferirá a los comités o cooperativas de beneficiarios u otras organizaciones de usuarios. En los casos en que el Gobierno Regional lo determine, mediante resolución fundada, podrá actuar como Unidad Técnica la empresa, pública o privada, que preste el servicio. Finalmente, los Programas de Inversión (Subtítulo 31. Ítem 03) son los gastos por concepto de ejecución de programas tales como mejoramiento de la calidad de la educación, prevención y rehabilitación del uso de drogas, promoción del turismo y fomento productivo, saneamiento de títulos, control sanitario silvoagropecuario, conservación y recuperación del medio ambiente y cursos de capacitación y perfeccionamiento de cualquier naturaleza.

e) Con cargo al Subtitulo 33: se financia la elaboración de estudios e investigaciones y la gestión de los programas de mejoramiento de la competitividad. Contempla destinar recursos a instituciones cuyos presupuestos se aprueben por ley, incluso al Instituto de Investigaciones Agropecuarias, para el financiamiento de proyectos de telecomunicaciones o programas de mejoramiento de la calidad de la educación, de capacitación, de promoción del turismo, de innovación para la competitividad, de gestión de la calidad y de fomento productivo, científico o tecnológico.

Fondo Regional de Iniciativa Local (FRIL)

Tiene por objetivo financiar proyectos de infraestructura comunal, que mejoren la calidad de vida de la población más pobre de la comuna y que dicha iniciativa tenga presente el componente de participación ciudadana y género a través de las Municipalidades, quienes presentan sus demandas.

El FRIL tiene 4 áreas de trabajo, el de servicios básicos, vialidad, habilitación de servicios públicos y equipamiento comunitario, los que permiten financiar proyectos de:

a) Servicios Básicos: se pretende resolver problemas y mejorar la situación de la comunidad relacionada con su acceso a los servicios básicos, para lo cual se financian proyectos de agua potable, alcantarillado sanitario, uniones domiciliarias, alcantarillado pluvial, iluminación pública, proyectos de telefonía.

b) Vialidad Urbana: para resolver problemas y mejorar la situación de la comunidad relacionada con la red vial inmediata a su entorno habitacional, a través del financiamiento de proyectos tales como, muros de contención, pavimentación de calles, construcción o reparación de pasajes y aceras, construcción de pasarelas, puentes y sendas.

c) Habilitación de Servicios Púbicos: que permite habilitar espacios públicos que sean de uso cotidiano de la población y que signifiquen una mejoría de su entorno urbano, para lo cual el FRIL financia proyectos de locales para servicios públicos (por ejemplo, estaciones médico rurales), reposición de equipos electrógenos, garitas camineras.

d) Equipamiento Comunitario: que permite habilitar espacios comunitarios que permitan el desarrollo de actividades de encuentro y sociabilidad a nivel local, para lo cual se financian proyectos de construcción o reparación de escuelas, sedes sociales, multicanchas, cubiertas de multicanchas, patios de escuelas, construcción y/o reposición de áreas verdes, juegos infantiles, centros de rehabilitación social, etc.

Glosas SUBDERE

Por otra parte el FNDR incluye un conjunto de provisiones, que obedecen a la complementación de las políticas de inversión nacional que considera el ámbito de decisión regional. Estas incrementan el presupuesto de inversión regional. La distribución de éstas la realiza la SUBDERE durante el año presupuestario vigente obedeciendo a metodologías particulares de distribución interregional a través de “Glosas”. En la actualidad, las principales provisiones son:

a) Fondo de Innovación para la competitividad regional (FIC-R): desde el año 2008, las regiones inciden en el uso de estos recursos, a través de la Provisión Fondo de Innovación para la Competitividad de decisión regional (Provisión FIC-R). A través de este instrumento de inversión regional, los recursos son distribuidos a las distintas regiones del país, mediante una metodología definida en la Ley de Presupuestos del sector público de cada año, y son los propios Gobiernos Regionales quienes asignan estos recursos a las entidades ejecutoras autorizadas mediante la ley vigente, atendiendo sus visiones y prioridades particulares para promover el desarrollo regional en materia de innovación para la competitividad, desarrollo tecnológico y equidad económica territorial. El FIC-R, financia, entre otras actividades, la promoción de la investigación y desarrollo; la innovación en las empresas; la difusión y transferencia tecnológica; la aceleración del emprendimiento innovador; la formación y atracción de recursos humanos especializados; el fortalecimiento de redes para la innovación y equipamiento de apoyo para la competitividad y el fomento de la cultura de innovación y emprendimiento innovador, así como la profesionalización de la gestión de los recursos destinados al Fondo de Innovación para la Competitividad.

b) Puesta en valor del patrimonio: es un programa liderado por la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (SUBDERE), ejecutado técnicamente por la Dirección de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas (DA-MOP), implementado por los gobiernos regionales y financiado con un préstamo del Banco Interamericano del Desarrollo (BID) y cuyo objetivo general es proteger y poner en valor los bienes patrimoniales (edificaciones, conjuntos urbanos o sitios) declarados Monumentos Nacionales (Monumento Histórico, Zona Típica o Pintoresca, Sitio Arqueológico -Paleontológico), o en proceso de serlo, de prioridad nacional o regional, de modo que generen beneficios socio-económicos que contribuyan al desarrollo sustentable.

c) Programa de Infraestructura Rural para el Desarrollo Territorial (PIRDT): es un programa cuyo objetivo general es apoyar a comunidades rurales pobres para potenciar su desarrollo productivo y social sostenible, a partir de una gestión participativa territorial y el mejoramiento de acceso, calidad y uso de servicios de infraestructura en la región. Los servicios de infraestructura que considera el programa consisten en: Agua Potable, Saneamiento (evacuación y tratamiento de aguas servidas domiciliarias), Electrificación, Conectividad (caminos, pasarelas y puentes), Telecomunicaciones (infraestructura y tecnología de información y comunicaciones), todo para fines productivos.

d) Provisión de Saneamiento Sanitario: tiene por objetivo contribuir a mejorar la calidad de vida de la población de escasos recursos que habita en condiciones de marginalidad sanitaria, otorgando infraestructura para implementar los servicios básicos de agua potable y alcantarillado sanitario. Además, reducir el déficit de cobertura de servicios de abastecimiento de agua y disposición adecuada de aguas servidas en las áreas rurales con soluciones costos eficientes y sostenibles en el tiempo.

Programas Sectoriales

a) Programa de Mejoramiento Urbano (PMU): es una fuente de financiamiento del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, administrado por la SUBDERE para proyectos de inversión en infraestructura menor urbana y equipamiento comunal, con el fin de colaborar en la generación de empleo y en el mejoramiento de la calidad de vida de la población más pobre del país a través de proyectos de infraestructura menor urbana y equipamiento comunitario, según las diversas realidades comunales.

Existen dos subprogramas:

• PMU Tradicional: financia proyectos de infraestructura y equipamiento comunitario que permitan el desarrollo, tales como de: agua potable, alcantarillado sanitario y pluvial, pavimentación de calles, pasajes y aceras, muros de contención, iluminación pública, proyectos de telefonía, sedes sociales, multicanchas, cubiertas de multicanchas y patio de escuelas, construcción y/o reposición de áreas verdes, señalización de tránsito, reposición de equipos de electrógenos, garitas camineras y centros de rehabilitación social. A este subprograma pueden postular los municipios que han focalizado y priorizado en consideración al bajo nivel socio económico, niveles de desempleo comunal y regional, necesidad y nivel de demandas. La única exigencia que debe cumplir el municipio, es comprometerse a financiar los gastos generales de las obras.

• PMU Emergencia: podrán postular todos los municipios que requieran ejecutar proyectos y programas para enfrentar situaciones de emergencia o que el proyecto presentado corresponda a iniciativas que estén contenidas en el Plan de Desarrollo Comunal (PLADECO).

b) FOSIS: FOSIS IRAL
A contar de 1996, el Fondo de Solidaridad e Inversión Social y la Subdirección de Desarrollo Regional territorializan la inversión surgiendo la modalidad de gestión denominada Inversión Regional de Asignación Local (IRAL), que busca avanzar en la descentralización, contribuir a la coordinación, complementariedad e intersectorialidad de la inversión social en zonas de pobreza, estimulando el capital social y la participación local y se aplica a las tres líneas que trabaja FOSIS, como lo son Emprendimiento, Empleabilidad y Habilitación Social, cuya distribución por provincia y comuna dependerá de la sanción que debe definir el Consejo Regional a propuesta del FOSIS.
Los requisitos generales para postular a programas de empleabilidad y emprendimiento son ser mayor a 18 años, tener una Ficha de Protección Social menor o igual a 8.500 puntos y residir en la comuna donde se desarrolle el programa y se postula de manera on line o presencial, en oficina del FOSIS , oficinas de ChileAtiende o en el municipio correspondiente. En la línea de la habilitación social no se requiere postulación, ya que apuntan específicamente a apoyar a las familias más vulnerables de nuestro país.
c) Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU)

• Pavimentos Participativos: Dirigido a personas organizadas en un Comité de Pavimentación y que habiten en un sector carente de pavimento. El financiamiento se realiza a través de aportes de los mismos Comités, Municipios y/o Sectorial. El monto a financiar es variable dependiendo del lugar geográfico fluctúa entre 10.000 $/m² a 25.000 $/m², y en las zonas más australes hasta 40.000 $/m². Las condiciones de postulación al programa son que el comité esté organizado y con personería jurídica (puede usarse junta de vecinos respectiva para estos efectos) debe presentar ficha de postulación en SECPLAC de la municipalidad respectiva. Si el municipio no está en condiciones de brindar este servicio, la postulación la pueden realizar directamente en la SEREMI de Vivienda y Urbanismo. Asimismo, acreditar ahorro previo de entre un 5% y un 25% del valor de la obra, en base a una matriz que relaciona el tipo de vía (calle o pasaje) con una de tres categorías que reflejan el nivel socioeconómico del loteo, deben disponer de un proyecto de ingeniería para la pavimentación.

• Recuperación de Espacios Públicos: Las inversiones de este programa se orientan a la construcción del espacio colectivo y ciudadano, protegiendo el Patrimonio Urbano al atender la demanda en zonas, sectores emblemáticos de las ciudades y en barrios vulnerables donde habita población de escasos recursos. Mediante el diseño y construcción de Espacios Públicos de calidad se fomenta el desarrollo, la equidad y la calidad de vida urbana. Las obras que se ejecuten con este programa tendrán por objeto reconocer y proteger el Patrimonio Urbano, reforzar la identidad local y mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, transformando estos lugares en espacios públicos equipados, seguros y adecuados para el descanso, el esparcimiento y el encuentro social.

El programa permite construir obras nuevas o rehabilitar obras existentes, tales como iluminación, mobiliario urbano, soluciones básicas de aguas lluvias, conformación y mejoramiento de áreas verdes, zonas de juego, recreación, equipamiento menor como quioscos, odeones, juegos infantiles, y otras similares, a fin de permitir la recuperación de plazas, plazoletas, avenidas, calles, pasajes, paseos, sendas peatonales y de otros espacios urbanos. En este programa son los municipios los responsables de postular cada año aquellas iniciativas de inversión que requieran financiamiento. Los proyectos deben enmarcarse en un presupuesto total que incluido el diseño, no puede ser mayor a 30.000 UF, ni inferior a 3.000 UF.

Todos los proyectos deberán concursar a la etapa de Diseño, la que será financiada en su totalidad por el presupuesto sectorial del MINVU. Una vez concluido y aprobado el Diseño del proyecto, se pasará a su etapa de Ejecución, la que será financiada principalmente con el presupuesto sectorial MINVU.

Los antecedentes específicos para postular son los indicados en la Res. N°285 de 2010, dentro de los cuales se encuentran ficha de postulación, carta del alcalde presentando los antecedentes del proyecto y comprometiendo el aporte municipal, el costo estimado de la obra a ejecutar, descripción y diagnóstico de la situación actual del área a intervenir, descripción de la idea del proyecto, informe municipal respecto al nivel de pobreza predominante, contrato de comodato a favor del municipio, declaración jurada del municipio, entre otros. Se postula entre febrero y marzo de cada año.